Sí es legal enviar publicidad por WhatsApp a sus clientes, con tres condiciones: que cada cliente haya autorizado recibirla, que usted revise antes del envío que no esté inscrito en el Registro de Números Excluidos de la CRC, y que el mensaje salga en el horario de la Ley 2300 de 2023. Ser cliente suyo no lo exime de ninguna de las tres. Normas revisadas el 15 de octubre de 2026; esto no es asesoría legal.
¿La Ley 2300 es solo para cobranza?
No, aunque así empieza. El artículo 1 de la Ley 2300 de 2023, la que todo el mundo llama “Dejen de fregar”, habla de las entidades financieras y de quienes hacen “gestiones de cobranzas”. Si solo leyó ese artículo, es fácil concluir que a una peluquería o a un taller no les toca.
El artículo 5 cambia eso. Dice que lo dispuesto en la ley “se aplicará en los mismos términos a las relaciones comerciales entre los productores y proveedores de bienes y servicios privados o públicos y el consumidor comercial frente al envío de mensajes publicitarios a través de Mensajes Cortos de Texto (SMS), mensajería por aplicaciones o web, correos electrónicos y llamadas telefónicas de carácter comercial o publicitario”.
Tres detalles de esa frase le responden la pregunta:
- “Relaciones comerciales”: habla de los clientes que ya le compraron, no solo de desconocidos.
- “Mensajería por aplicaciones o web”: WhatsApp está adentro. En su ABC del registro, la CRC responde que sí cuando le preguntan si se pueden bloquear los mensajes publicitarios por WhatsApp.
- “Mensajes publicitarios”: la regla es para la promoción, no para todo mensaje. Más abajo está la diferencia.
La ley rige desde el 10 de octubre de 2023. El mismo artículo trae dos parágrafos que le aplican directo: el 2, sobre la autorización y la forma de darse de baja, y el 3, sobre el horario.
¿Tengo que consultar el Registro de Números Excluidos si son mis propios clientes?
Sí, y la respuesta viene de la autoridad que sanciona.
El Registro de Números Excluidos (RNE) es una lista que administra la Comisión de Regulación de Comunicaciones (CRC). Ahí cualquier persona inscribe su celular, su fijo o su correo y marca por qué canales no quiere recibir publicidad. La Resolución CRC 7356 de 2024 lo amplió para incluir la mensajería por aplicaciones, el correo y las llamadas, además del SMS.
La Superintendencia de Industria y Comercio (SIC) fijó su interpretación en la Circular Externa 001 del 26 de junio de 2024. Dice que los productores y proveedores “están obligados a consultar el listado del ‘Registro de Números Excluidos’” para abstenerse de enviar publicidad a quienes se excluyeron. Y agrega la frase que más le importa a usted: “se entenderán revocadas las autorizaciones para fines de prospección comercial que los titulares hayan otorgado a los productores y proveedores de bienes y servicios anteriores a la inscripción”.
En la práctica:
| Situación del cliente | ¿Le puede mandar la promoción por WhatsApp? |
|---|---|
| Le autorizó publicidad y no está en el RNE para ese canal | Sí, dentro del horario |
| Le autorizó hace un año y después se inscribió en el RNE | No: esa autorización se entiende revocada |
| Se inscribió en el RNE y después le dio su autorización a usted | Sí: según la SIC, vale la autorización posterior a la última inscripción |
| Nunca le autorizó publicidad | No, esté o no en el RNE |
El ABC de la CRC dice que la empresa autorizada “sí podrá contactarlo”. La SIC precisó después, en la Circular 001, que eso solo vale si la autorización es posterior a la última inscripción del cliente. Quien investiga y sanciona es la SIC, así que siga la versión de la SIC.
Cómo se consulta el RNE, paso a paso
La consulta es gratis, para la empresa y para el ciudadano, y la CRC la abrió también a personas naturales que venden bienes o servicios. Según el ABC de la CRC:
- Entre al portal de trámites de la CRC, www.tramitescrcom.gov.co, y elija “Registro de Empresa”.
- Llene tipo y número de documento, nombre, dirección, teléfono y correo. Le llega un correo con las instrucciones para crear usuario y contraseña. Complete todos los pasos de la inscripción: la CRC dice que la consulta se habilita cuando la empresa “cuente con el perfil requerido”.
- Antes de cada envío de publicidad, consulte los números de su lista. El sistema le dice solo si ese cliente excluyó o no ese canal; no le muestra ningún otro dato.
- Saque de la lista de la promoción a quien aparezca excluido para mensajería por aplicaciones.
Dos reglas del ABC pesan aquí. La lista “se hará a diario”, y la consulta se hace “siempre, antes de realizar el envío”. La del mes pasado no sirve para la promoción de hoy. Y la plataforma permite un usuario administrador con varios roles, así que no necesita una cuenta por sede.
Publicidad o servicio: qué mensajes no cuentan
No todo mensaje a un cliente es publicidad. La Ley 2300 deja por fuera dos cosas: los asuntos “estrictamente relacionados con el bien o servicio adquirido” (parágrafo 2 del artículo 5) y el envío de “información solicitada por el consumidor” (artículo 8). La Resolución CRC 7356 repite que la inscripción en el RNE no cubre esa información pedida.
La ley no trae una lista de ejemplos. Esta es nuestra lectura:
| Mensaje | En nuestra lectura |
|---|---|
| “Le confirmo su cita del jueves a las 3:00 p. m.” | Servicio |
| “Su carro ya está listo para recoger” | Servicio |
| La cotización que el cliente le pidió | Información solicitada |
| “Esta semana, 20% en cambio de aceite” | Publicidad |
| “Llegó la colección nueva, venga a verla” | Publicidad |
| “Hace seis meses fue su limpieza; ¿agendamos la próxima?” | Zona gris: trátelo como publicidad |
La última fila es criterio, no norma: un recordatorio que busca una venta nueva se parece más a una promoción que a un aviso del servicio ya comprado. Si duda, aplíquele las tres condiciones.
El horario y la frecuencia, en una tabla
El parágrafo 3 del artículo 5 manda los mensajes publicitarios al horario del artículo 3:
| Día | Puede enviar publicidad |
|---|---|
| Lunes a viernes | De 7:00 a. m. a 7:00 p. m. |
| Sábado | De 8:00 a. m. a 3:00 p. m. |
| Domingo y festivo | Nunca |
Un mensaje programado para el domingo en la mañana, o la promoción del puente festivo enviada el mismo lunes festivo, queda por fuera. Prográmela para el viernes antes de las 7:00 p. m. o el sábado antes de las 3:00 p. m.
Sobre la frecuencia, el artículo 3 dice que, en la cobranza, no se contacta por varios canales en una misma semana ni más de una vez el mismo día. La CRC, en un concepto del 23 de enero de 2025, lee esa regla también para la publicidad: aun con autorización, “no se debe contactar por medio de varios canales dentro de una misma semana ni en más de una ocasión durante el mismo día”. Los conceptos de la CRC no son obligatorios, pero en nuestra opinión es la lectura segura: si ya mandó la promoción por WhatsApp, no la repita por SMS y correo esa misma semana.
La autorización: lo que pide la Ley 1581
El número celular de su cliente es un dato personal, y la Ley 1581 de 2012 pide autorización para usarlo: “Consentimiento previo, expreso e informado del Titular”. La guía sobre cómo pedir reseñas en Google explica esa ley con el WhatsApp; aquí van los cuatro puntos que tocan la publicidad.
- La finalidad se informa. El artículo 12 pide decirle al cliente para qué usará el dato. El Decreto 1377 de 2013 exige informar “todas las finalidades específicas” al recoger el dato. Si el número se lo dio para coordinar un domicilio, la promoción es otra finalidad.
- El silencio no es un sí. El mismo decreto acepta la autorización por escrito, de forma oral o por “conductas inequívocas”, y aclara: “En ningún caso el silencio podrá asimilarse a una conducta inequívoca”. Que el cliente no le haya pedido que no le escriba no es una autorización.
- No se puede condicionar la compra. La Ley 2300 prohíbe obligar al cliente a aceptar mensajes comerciales al comprar o al entrar al local, salvo los del servicio que adquirió. Si es para alimentar su base de datos, “deberá saberlo y aceptarlo de manera explícita”.
- Debe haber salida. El emisor necesita “un mecanismo ágil, sencillo y eficiente para cancelar en cualquier momento la recepción de mensajes”. En WhatsApp, basta con que el mensaje diga cómo: “Si no quiere recibir más promociones, responda NO”.
WhatsApp pone su propia regla encima de la ley. Su política para empresas solo permite escribirle a quien le dio su número y le dio permiso para recibir sus mensajes, pide respetar toda solicitud “para bloquear, interrumpir o, de otro modo, darse de baja”, y recomienda pedir un consentimiento que cubra cada tipo de mensaje que va a enviar: avisos del pedido por un lado, ofertas por el otro.
Pida el sí para publicidad aparte del resto. Una línea en la orden, la factura o el primer mensaje: “¿Le podemos enviar promociones de [Negocio] por WhatsApp? Puede pedir que paremos cuando quiera. Responda SÍ para aceptar”. El chat con la respuesta es su prueba, y el artículo 12 de la Ley 1581 le pide conservarla. Anote la fecha: si el cliente aparece en el RNE, esa fecha le dice si su sí es anterior o posterior a la inscripción.
Dónde va el sí en su página web
- El botón de WhatsApp. Cuando un cliente le escribe desde la página, le está pidiendo información. Eso le permite responderle. No le autoriza a mandarle promociones después. Pida el sí en su primera respuesta, con el texto de arriba.
- El formulario, si tiene uno. Una casilla para aceptar publicidad, desmarcada, separada de la de contacto. El parágrafo 2 de la Ley 2300 no deja amarrar las dos: el cliente puede pedir una cotización sin aceptar promociones.
- El enlace a su política. La política de WhatsApp le pide “mantener una política de privacidad publicada”, y la Ley 1581 le pide decir quién es el responsable y cómo ejercer los derechos. El lugar natural es un enlace en el pie de cada página y junto a la casilla. Qué debe decir esa política es tema de otro artículo; aquí basta con que exista y esté a un clic.
Si todavía duda entre página, Instagram y WhatsApp, lea qué va primero en su negocio.
LocalBiz no envía mensajes de WhatsApp, no hace difusiones ni campañas, no consulta el Registro de Números Excluidos y no recoge ni guarda autorizaciones; tampoco redacta su política de datos. Todo eso lo hace usted. Lo que sí hace es construir la página web de su negocio con el botón de WhatsApp junto al teléfono, para que el cliente le escriba primero; escribir borradores de páginas de servicio, de zona y del blog para que usted los revise; trabajar su Perfil de Empresa en Google; y mostrarle en qué posición aparece en Maps en la zona que atiende. La primera versión del sitio no trae formulario: el contacto va por teléfono y WhatsApp. Los planes están en la página de precios.
Multas y quejas ante la SIC
El artículo 9 de la Ley 2300 deja las sanciones a la Superintendencia Financiera y a la SIC, con el marco de la Ley 1266 de 2008. El artículo 18 de esa ley permite multas “hasta por el equivalente a dos mil (2.000) salarios mínimos mensuales legales vigentes”, suspensión hasta por seis meses y cierre. La Ley 1581 tiene el mismo tope en su artículo 23. Son máximos, no tarifas.
El riesgo más cercano es una queja. La Circular 001 dice que la SIC tramita las de quien fue contactado para publicidad “por un canal no autorizado, o por más de un canal”, de quien pide que lo saquen para no recibir publicidad y de quien no autorizó “promociones para alimentar bases de datos”. Un cliente que nunca le autorizó la promoción puede quejarse ante la SIC por correo, a contactenos@sic.gov.co, según la misma circular.
Antes de enviar la próxima promoción
- ¿Cada número de la lista le autorizó publicidad, con prueba y fecha?
- ¿Consultó hoy el RNE y sacó a quien excluyó la mensajería por aplicaciones?
- ¿El mensaje sale de lunes a viernes entre 7:00 a. m. y 7:00 p. m., o el sábado entre 8:00 a. m. y 3:00 p. m., y no es festivo?
- ¿Es el único canal por el que manda esa promoción esta semana?
- ¿El mensaje dice cómo dejar de recibirlos?
- Si su página tiene formulario, ¿la casilla de publicidad está desmarcada y la política enlazada?
Si las seis respuestas son sí, mande la promoción. Que el cliente nuevo llegue a esa página y le escriba por WhatsApp es la parte que hacemos en LocalBiz; las promociones y los permisos los maneja usted.
Preguntas frecuentes
¿Es legal enviar publicidad por WhatsApp en Colombia?
Sí, con tres condiciones. El cliente le dio su autorización para recibir publicidad (Ley 1581 de 2012), usted revisó antes del envío que no esté inscrito en el Registro de Números Excluidos de la CRC para ese canal, y el mensaje sale de lunes a viernes de 7:00 a. m. a 7:00 p. m. o el sábado de 8:00 a. m. a 3:00 p. m., nunca domingos ni festivos (Ley 2300 de 2023).
¿La ley "Dejen de fregar" es solo para cobranza?
No. Nació para la cobranza, pero su artículo 5 la aplica “en los mismos términos” a las relaciones comerciales entre proveedores y consumidores cuando se envían mensajes publicitarios por SMS, “mensajería por aplicaciones o web”, correo electrónico o llamadas. Un mensaje de promoción por WhatsApp a sus clientes cae ahí, con el mismo horario que fija el artículo 3.
¿Tengo que consultar el Registro de Números Excluidos si son mis clientes?
Sí. La Superintendencia de Industria y Comercio dijo en su Circular Externa 001 de 2024 que los productores y proveedores “están obligados a consultar” el registro, y que la inscripción revoca las autorizaciones para publicidad que el cliente le dio antes. Solo vale la que el cliente le dé después de su última inscripción. Consultar es gratis en el portal de trámites de la CRC.
¿Un recordatorio de cita o "su pedido está listo" cuenta como publicidad?
En nuestra lectura, no. La Ley 2300 permite los asuntos “estrictamente relacionados con el bien o servicio adquirido” y exceptúa el envío de “información solicitada por el consumidor”. Confirmar una cita o avisar que el equipo está listo es parte del servicio. Una promoción, un descuento o el anuncio de un producto nuevo sí es publicidad y sigue las reglas.
¿Cuál es la multa por enviar publicidad sin autorización?
La Ley 2300 remite a la Superintendencia de Industria y Comercio y al marco de la Ley 1266 de 2008, cuyas multas llegan hasta 2.000 salarios mínimos mensuales. La Ley 1581, sobre datos personales, tiene el mismo tope y además permite suspender el tratamiento de datos hasta seis meses. Son máximos que la SIC gradúa según el caso, no tarifas fijas.
Fuentes
- Secretaría del Senado — Ley 2300 de 2023, medidas que protegen el derecho a la intimidad de los consumidores
- Función Pública — Ley 2300 de 2023, Gestor Normativo
- Superintendencia de Industria y Comercio — Circular Externa 001 de 2024 sobre la Ley 2300 (compilación del normograma del MinTIC)
- Comisión de Regulación de Comunicaciones — Resolución CRC 7356 de 2024, Registro de Números Excluidos (normograma del MinTIC)
- Comisión de Regulación de Comunicaciones — ABC sobre la actualización del Registro de Números Excluidos
- Comisión de Regulación de Comunicaciones — Registro de Números Excluidos
- Comisión de Regulación de Comunicaciones — Concepto del 23 de enero de 2025 sobre la Ley 2300 (radicado 2025501586)
- Secretaría del Senado — Ley 1581 de 2012, protección de datos personales
- Función Pública — Decreto 1377 de 2013, reglamentario de la Ley 1581
- Secretaría del Senado — Ley 1266 de 2008, hábeas data (artículo 18, sanciones)
- Política de WhatsApp Business