Para conseguir clientes de seguros en Colombia, una agencia o un agente parte de un hecho que no tiene otro negocio local: vende la marca de otro. El cliente busca “seguro de vida Sura” o “SOAT por placa”, no la agencia, y anunciar esos productos exige la autorización previa de la aseguradora. Esta guía sigue el orden en que aquí se compra un seguro, con normas leídas el 21 de octubre de 2026.
Usted vende la marca de otro
El artículo 101 de la Ley 510 de 1999 lo dice sin rodeos: por representar a una o varias compañías, las agencias y los agentes “no podrán ejercer su actividad sin contar con la previa autorización de dichas entidades, autorización que puede ser revocada por decisión unilateral”. Las compañías velan por la idoneidad y las inhabilidades de quienes las representan “y responderán solidariamente por la actividad que éstos realicen”.
Esa responsabilidad compartida explica la regla de publicidad. Un concepto de la Superintendencia Financiera del 9 de octubre de 2018 cita la Circular Básica Jurídica: los intermediarios “deben obtener previamente la autorización de la entidad aseguradora o capitalizadora cuando se adelante la publicidad de los productos que éstas ofrezcan”. El mismo concepto recuerda que la Superintendencia no dicta normas para las agencias, porque no las vigila; las instrucciones le llegan a usted a través de la aseguradora. Esta guía no leyó el texto consolidado vigente de la Circular; confirme con cada compañía qué pide hoy.
En la práctica, el sitio web se arma en este orden:
- Una lista de las aseguradoras con las que usted tiene contrato vigente.
- Por cada una, la autorización escrita para anunciar sus productos, con los ramos que cubre.
- Solo entonces, las páginas que nombran la marca: “SOAT Previsora”, “seguro de hogar Bolívar”.
El autocompletar de Google para Colombia, consultado el 21 de octubre de 2026, completa “renovar soat” con Mundial, AXA Colpatria, Bolívar, Previsora, Sura y Seguros del Estado, y “poliza de salud” con Sura, Bolívar, Coomeva, Colsanitas y AXA. La marca es la consulta, y sin autorización esa página no se publica.
¿Agente, agencia o corredor? Lo que su página puede decir
Las tres figuras existen en el Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), y el nombre que usted se pone en la web tiene que coincidir con la que es.
| Figura | Qué dice la norma | Cómo se presenta |
|---|---|---|
| Agente | Persona natural que promueve contratos y su renovación “en relación con una o varias compañías” (art. 41 num. 1). Dependiente, con contrato de trabajo, o independiente, con contrato mercantil (num. 5) | “Agente de seguros”, con su nombre y las compañías que representa |
| Agencia | Representa “a una o varias compañías de seguros en un determinado territorio” (num. 2). La dirigen personas naturales o sociedades colectivas, en comandita simple o limitadas (num. 3) | “Agencia de seguros”, con su razón social y su territorio |
| Corredor | Sociedad anónima vigilada por la Superintendencia, intermediaria “entre el asegurado y el asegurador” (art. 40; Ley 510 art. 101) | Solo él usa “corredor de seguros” |
La última fila es una restricción de nombre. La Ley 510 dice que las palabras “corredor de seguros” o “corredores de seguros” “serán de uso exclusivo de tales sociedades”, y el artículo 40 del Estatuto que solo las sociedades inscritas pueden usar el título. Si su agencia no es una sociedad corredora, esas palabras no van en el nombre del dominio, en el título de la página ni en el perfil de Google.
Dos datos más le sirven en el texto. Al agente independiente no se le pueden pactar “cláusulas de exclusividad que le impidan … celebrar contratos con varias compañías” (num. 5 b), así que una página puede comparar opciones de varias aseguradoras si cada una autorizó su publicidad. Y la agencia que en el año anterior causó comisiones de 800 salarios mínimos mensuales o más se asimila a corredora para efectos de vigilancia (num. 4); si usted se acerca a esa cifra, consulte su caso con un abogado.
El cliente llega con la placa
La ley exige el SOAT a todo vehículo, y por eso es la puerta de entrada al negocio de autos. El artículo 192 del Estatuto exige que “todo vehículo automotor” que transite esté amparado por un seguro obligatorio vigente, y el 193, modificado por la Ley 1364 de 2009, fija una vigencia “cuando menos anual”. Quien no lo tiene arriesga el literal D del artículo 131 del Código de Tránsito: multa de treinta salarios mínimos diarios en el texto de la ley y, en el D.2, “el vehículo será inmovilizado”.
Así lo escribe el cliente: “soat por placa”, “cuando vence el soat de mi moto”, “soat vencido multa”, “soat vencido da inmovilizacion”. Cada una es una página o una sección de la página de SOAT, escrita para responder antes de vender.
El mercado sin asegurar es grande. En septiembre de 2024, el presidente de Fasecolda, Gustavo Morales, dijo a La República: “En motos, la evasión es 61% y eso es gravísimo, porque 88% de los accidentes de tránsito involucran una moto”. Para toda la flota habló de “más o menos” 40%. Son cifras de 2024; Fasecolda no había publicado una más reciente en lo que esta guía encontró.
El SOAT también lo venden estafadores. En una nota que Actualícese actualizó el 3 de octubre de 2022, Fasecolda advirtió sobre más de 300 casos de estafa en seis meses, una cifra de entonces y no de hoy, y recomendó desconfiar “de ofertas de pólizas de SOAT con descuentos altos” y no comprar cuando piden “consignar a cuentas de personas naturales”. El artículo 1067 del Código de Comercio dice que la prima se paga en el domicilio del asegurador o de sus agentes “debidamente autorizados”. Escriba en la página a nombre de quién va el pago y no anuncie descuentos que la aseguradora no autorizó.
El SOAT es un trámite que vuelve cada año. Lo que más vale es lo que puede venir después: el mismo cliente tiene un carro sin todo riesgo, una casa sin póliza de hogar o un negocio sin multirriesgo. La página de SOAT termina con un enlace a esas tres.
Lo que se informa antes de firmar
La Ley 1328 de 2009 pide “información cierta, suficiente, clara y oportuna” (artículo 3) y que la información previa permita “la adecuada comparación de las distintas opciones ofrecidas en el mercado” (artículo 9). La Circular Básica Jurídica lo baja al intermediario. Según el concepto de 2018, el subnumeral 3.4.3.1, añadido por la Circular Externa 050 de 2015, enumera lo que usted suministra al cliente antes de celebrar el contrato. Cada punto es también una sección de su página de ramo:
| Lo que exige la Circular | Dónde va en la página |
|---|---|
| Derechos y obligaciones del contrato | “Qué se compromete usted y qué la aseguradora” |
| Alcance de la cobertura, exclusiones y garantías | Dos listas: qué cubre y qué no cubre, con el enlace al clausulado |
| Alcance de la intermediación y su responsabilidad como intermediario | “Qué hago yo por usted”: cotizo, explico, tramito la renovación, acompaño el siniestro |
| Costos del producto y su comercialización | Cómo se calcula la prima y si usted cobra algo aparte |
| Su vinculación con la aseguradora y su estado en el SUCIS | “Soy agente independiente de…”, con el enlace al SUCIS; su número de identificación se lo da al cliente por escrito |
| La autorización para comercializar el producto | La aseguradora y el ramo autorizados |
| Cómo reclamar un siniestro | Plazos y documentos (ver la sección del siniestro, abajo) |
| Canales de peticiones, quejas y reclamos | Su WhatsApp y el de la aseguradora |
La página no sustituye la información que usted entrega por escrito; le deja la conversación para lo individual: el bien, el valor asegurado y la cotización.
Una página por ramo, con las secciones de la tabla. LocalBiz construye el sitio y redacta las páginas de servicio, una para SOAT, otra para autos, hogar, vida o pymes, con lo que cubre, lo que no y cómo se reclama. No conoce sus contratos: los nombres de las aseguradoras, los ramos autorizados y el NIT de la agencia los escribe usted, y LocalBiz no los inventa.
Lo que no va en ninguna página es una promesa de resultado: “le aprobamos el siniestro”, “la prima más baja del mercado”. El artículo 7 de la Ley 1328 pide publicidad “transparente, clara, veraz”, y la decisión sobre un siniestro la toma la aseguradora, no el intermediario.
El SUCIS: la consulta que cierra la duda
La Circular Externa 050 de 2015 creó el Sistema Unificado de Consulta de Intermediarios de Seguros, vigente desde el 1 de julio de 2017, para que el consumidor tenga “información relevante acerca de las personas que ejercen la intermediación de seguros”. Se consulta en el sitio de la Superintendencia Financiera con el tipo de identificación (cédula, NIT, pasaporte, cédula de extranjería, PEP o PPT) y el número sin puntos.
La consulta trae dos advertencias. La información “no garantiza el cumplimiento de las obligaciones asumidas” por el intermediario, “ni supone vigilancia o respaldo de ninguna naturaleza” de la Superintendencia. Y quienes responden por que sea veraz son las aseguradoras y los corredores, no usted. Si su registro tiene un error, pida la corrección a la compañía que lo vinculó.
Aun así, el SUCIS trabaja a su favor. Fasecolda recomienda al comprador de SOAT consultar “la idoneidad de los intermediarios de seguros” en ese sistema. Ponga en el pie de cada página su nombre completo o la razón social de la agencia, el NIT si es una agencia, un enlace a la consulta del SUCIS y una línea: “Verifique mi vinculación en el SUCIS de la Superintendencia Financiera”. Su número de cédula no va en el pie: déselo al cliente con la información por escrito antes de firmar, o cuando se lo pida, para que haga la consulta. Quien la hace y encuentra lo mismo que usted le informó ya resolvió la duda de con quién está hablando.
Haga usted la consulta primero. Busque su propio número en el SUCIS y revise que figuren todas las compañías y ramos que anuncia. Si una aseguradora no aparece, esa marca no va en el sitio hasta que la compañía actualice el registro.
Un perfil de Google para un agente con marca
Google usa una agencia de seguros como ejemplo en sus lineamientos. Un profesional independiente es “aquel que brinda servicios al público, generalmente con una base de clientes propia”. Si usted es el único que atiende en una oficina y representa a una organización de marca, Google recomienda compartir un solo perfil con el formato “[marca/empresa]: [nombre del profesional]”, y su ejemplo es “Todo Seguros: Carlos Álvarez”.
Si la agencia tiene varios agentes en la misma oficina, la regla cambia: un perfil para la agencia y uno para cada agente que atienda al público, y el título del agente “debe incluir solo el nombre del profesional y no el de la organización”.
En una agencia multimarca, la “marca” del formato es la agencia. Esta guía recomienda no poner “Sura” o “Bolívar” en el nombre del perfil, que debe ser el nombre real del negocio; las compañías van en la descripción y los servicios, si la autorización lo permite. La configuración de la zona de servicio, cuando usted visita al cliente en vez de recibirlo, está en cómo crear el Perfil de Empresa para un negocio de servicios.
La renovación es el segundo cliente
Una agencia no tiene temporada; tiene cientos de fechas. Cada póliza vence en la suya, y su calendario de marketing es su cartera ordenada por fecha de vencimiento. La renovación se gana o se pierde en las semanas anteriores.
Salvo pacto o norma en contrario, la prima se paga “a más tardar dentro del mes siguiente” a la entrega de la póliza (artículo 1066). Y la mora “producirá la terminación automática del contrato” (artículo 1068), sin que las partes puedan acordar otra cosa. El recordatorio del pago importa tanto como el de la renovación.
Para escribirle al cliente necesita su permiso. La Ley 1581 de 2012 exige “autorización previa e informada”, obtenida “por cualquier medio que pueda ser objeto de consulta posterior” (artículo 9). Al pedirla, el artículo 12 le obliga a informar para qué usará los datos, cuáles son los derechos del titular y quién es el responsable, con su dirección y teléfono, y a conservar prueba de que lo hizo. El formulario de cotización de su página es el mejor lugar: una casilla que el cliente marca él mismo, que nombra a su agencia como responsable, dice que le escribirá por WhatsApp con mensajes comerciales antes del vencimiento de sus pólizas y enlaza al aviso de privacidad completo. Guarde la fecha y el texto que aceptó cada cliente. Qué lleva ese aviso está en ¿mi página web necesita política de tratamiento de datos?. Las reglas de horario y del Registro de Números Excluidos para los mensajes comerciales están en ¿es legal mandar publicidad por WhatsApp?.
Un artículo de Chubb para agentes de América Latina sugiere correos masivos “en base a la compra de listas”. En Colombia, una lista comprada no trae la autorización del artículo 9.
Una hoja con cuatro columnas. Cliente, ramo, aseguradora, fecha de vencimiento. Ordénela por fecha y marque los vencimientos de los próximos 45 días. Esa lista le dice qué escribir esta semana y qué página del sitio enviar con el mensaje.
El siniestro: donde se gana la recomendación
El día del choque, el robo o la inundación, el cliente necesita saber qué hacer y en qué plazo. La página de siniestros responde eso, y el Código de Comercio le da los datos:
- Aviso: el asegurado o beneficiario avisa a la aseguradora “dentro de los tres días siguientes” a la fecha en que conoció o debió conocer el siniestro. El plazo puede ampliarse, no reducirse (artículo 1075).
- Pago: la aseguradora paga “dentro del mes siguiente” a la fecha en que se acredita el derecho; después corren intereses de mora (artículo 1080).
- Prescripción: dos años la ordinaria, desde que se conoció el hecho; cinco la extraordinaria (artículo 1081).
Escriba una página por ramo con esos plazos, los documentos que pide cada aseguradora y su número de WhatsApp para el primer aviso. Lo que usted hace por el cliente va en presente y sin promesa: “le ayudo a reunir los documentos y a radicar el aviso”, nunca “le garantizo el pago”.
Esta guía considera que el mejor momento para pedir una reseña es después de un siniestro bien acompañado. Pídala sin ofrecer nada a cambio, como explica cómo pedir reseñas en Google sin romper las reglas, y al responder no confirme valores, placas ni diagnósticos del cliente en público.
Qué medir en su cartera
Más que las visitas al sitio, esta guía le propone llevar cada mes cuatro números que salen de la cartera y de los mensajes:
| Número | Qué le dice |
|---|---|
| Cotizaciones que llegaron por la web o el perfil, por ramo | Qué página trae clientes nuevos |
| Pólizas renovadas sobre pólizas que vencían ese mes | Si los recordatorios funcionan |
| Renovaciones caídas por mora | Si el seguimiento del pago llegó tarde |
| Clientes de SOAT que compraron un segundo ramo | Si la página de SOAT lleva a las demás |
Lo primero que se hace es la lista de aseguradoras con autorización escrita y la consulta propia en el SUCIS. Lo segundo, la página de SOAT con las búsquedas por placa y vencimiento, y la de siniestros. Un sitio armado con LocalBiz deja esas páginas listas, con su nombre y el enlace al SUCIS en el pie, antes del próximo vencimiento de su cartera.
Preguntas frecuentes
¿Un agente de seguros necesita permiso para hacer publicidad en Colombia?
Para anunciar los productos de una aseguradora, sí. Un concepto de la Superintendencia Financiera de 2018 cita la Circular Básica Jurídica: los intermediarios “deben obtener previamente la autorización de la entidad aseguradora” cuando hacen publicidad de sus productos. Además, la Ley 510 de 1999 dice que agencias y agentes no pueden ejercer sin la previa autorización de las compañías que representan. Pida la autorización por escrito antes de publicar.
¿Una agencia de seguros puede llamarse corredor de seguros?
No. El artículo 101 de la Ley 510 de 1999 exige que los corredores sean sociedades anónimas con las palabras “corredor de seguros” o “corredores de seguros” en su denominación, “las que serán de uso exclusivo de tales sociedades”. El Estatuto Orgánico del Sistema Financiero añade que solo las sociedades inscritas ante la Superintendencia pueden usar ese título. Una agencia o un agente se presenta como agencia o agente.
¿Cómo verifica un cliente que su agente de seguros está autorizado?
En el Sistema Unificado de Consulta de Intermediarios de Seguros (SUCIS) de la Superintendencia Financiera, con el tipo y el número de identificación del intermediario, sin puntos. La consulta advierte que no garantiza el cumplimiento del intermediario ni supone vigilancia de la Superintendencia, y que la información la responden las aseguradoras y los corredores. Fasecolda recomienda esa consulta antes de comprar un SOAT.
¿Qué pasa si el cliente no paga la prima de la renovación a tiempo?
El artículo 1068 del Código de Comercio dice que la mora en el pago de la prima “producirá la terminación automática del contrato”, y las partes no pueden pactar otra cosa. Salvo disposición en contrario, la prima se paga dentro del mes siguiente a la entrega de la póliza (artículo 1066). Por eso el seguimiento del pago es parte de la renovación y no un trámite aparte.
Fuentes
- Estatuto Orgánico del Sistema Financiero (Decreto 663 de 1993), artículos 40 y 41 — Secretaría del Senado
- Estatuto Orgánico del Sistema Financiero, artículos 192 y 193 (SOAT) — Secretaría del Senado
- Ley 510 de 1999, artículo 101, de los intermediarios de seguros — Secretaría del Senado
- Superintendencia Financiera — Concepto 2018113791-002 (9 de octubre de 2018), seguros, intermediarios, protección al consumidor financiero, programas publicitarios
- Superintendencia Financiera — Intermediarios de seguros, inscripción de agentes colocadores (Consejo de Estado, 15 de octubre de 1999)
- Circular Externa 050 de 2015 de la Superintendencia Financiera, idoneidad, información y SUCIS — Centro Normativo Keralty
- Superintendencia Financiera — Consulta SUCIS
- Ley 1328 de 2009, régimen de protección al consumidor financiero — Secretaría del Senado
- Código de Comercio, artículos 1066 a 1068 (prima) — Secretaría del Senado
- Código de Comercio, artículos 1075, 1080 y 1081 (siniestro y prescripción) — Secretaría del Senado
- Ley 769 de 2002, Código Nacional de Tránsito, artículo 131 — Secretaría del Senado
- Ley 1581 de 2012, protección de datos personales — Secretaría del Senado
- Actualícese — Fasecolda advierte sobre suplantación para vender pólizas de SOAT (actualizado el 3 de octubre de 2022)
- La República — "En motos, la evasión es 61%", entrevista a Gustavo Morales, presidente de Fasecolda (24 de septiembre de 2024)
- Ayuda del Perfil de Empresa — Lineamientos para la representación de tu empresa en Google